¿QUÉ HACER ANTE UNA SITUACIÓN DE MALTRATO INFANTIL?

Si se tiene conocimiento o sospecha de que existe una situación de maltrato sobre un niño o una niña, es muy importante notificar esta situación o sospecha, lo antes posible. La notificación de estas situaciones puede evitar mayor sufrimiento a los menores que las sufren.

RECUERDA: Un día de silencio puede ser un día más de tortura para un niño/a

Además, la notificación de estas situaciones es una obligación legal de los ciudadanos y profesionales que tengan conocimiento de las mismas.

Todos los Ciudadanos y especialmente los profesionales tienen obligación de:

  Comunicar la existencia de situaciones de desamparo (art. 13. Ley Orgánica 1/96).

–  Comunicar las situaciones de malos tratos, abandono de niños u otros hechos presuntamente delictivos de los que sean testigos o sabedores (art. 259 y 264 Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Esta obligación genérica se convierte en un especial y particular deber para quienes tuviesen noticia de los hechos por razón de su cargo, profesión u oficio, los cuales deben denunciarlo inmediatamente (art. 262 Ley de Enjuiciamiento Criminal). Esta misma consideración especial es hecha por la Ley Orgánica 1/96, en su art. 13.1, respecto de los profesionales, debiendo entender incluidos aquí a los médicos,

Maestros/as, trabajadores sociales, agentes de policía, etc., para los que el incumplimiento de deber de notificación de estos casos puede ser constitutivo de delito.

Ante el conocimiento o sospecha de una situación de maltrato, se pueden utilizar tres vías:

– Vía Judicial/policial: Dirigirte al juzgado de primera instancia, comisaría de policía o Fiscal de Menores, donde será precisa la identificación del denunciante.

Vía Administrativa: Dirigirte a la Dirección General de Familia y Protección de Menores de la CARM, Servicio de Protección de Menores. Programa de Atención al Maltrato Infantil.

En este caso, para la detección y notificación de casos de sospecha de maltrato por parte de profesionales del sistema educativo, del sistema de salud, del Sistema de Servicios Sociales de Atención Primaria, de los cuerpos y fuerzas de seguridad, deben seguirse los protocolos de actuación y hojas de notificación establecidas al efecto.

Remitimos al lector/a al Programa de Atención al Maltrato Infantil del Servicio de Protección de Menores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que aborda el modo de actuación en relación a la desprotección infantil desde el ámbito educativo, sanitario, servicios sociales de atención primaria, cuerpos y fuerzas de seguridad y donde se pueden consultar los protocolos de actuación.

– Vía AMAIM. Las personas y/o profesionales no contemplados en estos protocolos o que no puedan acogerse a los mismos pueden notificar los casos de sospecha a través de la Asociación Murciana de Apoyo a la Infancia Maltratada desde la que, podemos preservar tu identidad, ya que es la propia asociación la que realiza la notificación y el seguimiento del caso.

Para hacer una notificación a través de AMAIM, puedes ponerte en contacto con nosotras en el teléfono 968 201187 o cumplimentar y enviarnos la HOJA DE NOTIFICACIÓN a nuestro correo electrónico: contacto@amaim.org

Hoja de notificación de casos